Altiplà os asesora sin compromiso para disponer del mejor procedimiento para la obtención del Certificado de Georreferenciación.





Nos ocupamos de todo el proceso, desde la toma de datos inicial hasta la tramitación de enmiendas de discrepancias frente a Gerencia de Catastro.
Esto incluye la preparación del Informe de Validación Gráfica, esencial para la inscripción de fincas, y la resolución de cualquier discrepancia catastral que pueda surgir.

Este certificado es necesario en diversas situaciones, como la adaptación a la nueva legislación hipotecaria, revisiones catastrales, segregaciones, agrupaciones de fincas, procesos de compraventa y certificados de obra nueva
Resolución 11652 de 26 de octubre de 2015, en la que se regula los requisitos técnicos para la entrega de información por los notarios a la Dirección General del Catastro; y Resolución 11655 de 29 de octubre de 2015, en la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad.
Las discrepancias catastrales se producen cuando existe una diferencia entre la información gráfica del Catastro y la realidad física de una finca. Éstas se pueden corregir mediante el procedimiento de Enmienda de Discrepancias Catastrales.
Habiendo realizado la correspondiente medición y contrapuesta a la cartografía catastral, se valora la necesidad de modificar los límites para adaptarlos a la realidad. Esto comporta la redacción de actas de delimitación con los vecinos a firmar y adjuntarlas al resto de documentación técnica y jurídica necesaria para iniciar el procedimiento.
Al redactar un expediente de enmienda es importante tener en cuenta la posibilidad de acuerdo de los límites con los vecinos colindantes. En este caso y mediante el convenio vigente entre el Colegio de Ingenieros en Geomática y Topografía y la Gerencia de Catastro, se gestiona con un plazo inferior a 2 meses mediante expediente CDIS.
Si no hay acuerdo con los vecinos colindantes, el expediente a redactar será del tipo REGI y tendrá un plazo de unos 6 meses y siempre será más incierto, porque dependerá de notificar a los vecinos y por tanto, la resolución puede ser favorable o no.
















